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FECHAS IMPORTANTES DE IMPUESTOS A LAS PROPIEDADES INMUEBLES
GUÍA DE CHICAGO TITLE PARA COMPRADORES Y VENDEDORES DE CALIFORNIA
1 DE ENERO
15 DE FEBRERO
1 DE JULIO
31 DE AGOSTO
1 DE NOVIEMBRE 1 DE DICIEMBRE 10 DE DICIEMBRE 1 DE ENERO
1 DE FEBRERO
10 DE ABRIL
Fecha de tasación (Fecha de gravamen)
Fecha límite de presentación de demanda de exención
Comienza el año fiscal actual
Vencimiento del primer plazo
Fecha límite de presentación de exención
El primer plazo se vence a las 5 p.m.
Fecha de tasación (Fecha de gravamen)
Vencimiento del segundo plazo
El segundo plazo se vence a las 5 p.m.
Los impuestos se convierten en gravámenes a las 12:01 a.m.
Aún no vencen y son pagaderos para el año fiscal que comienza el 1 de julio. De allí en adelante, la evidencia de título debe mostrar impuestos como gravámenes para el próximo año fiscal.
Último día para presentar una demanda de exención oportuna para veteranos, veteranos discapacitados y propietarios de viviendas. Para ser elegible para las exenciones aplicables, debe ser el dueño de la propiedad y ocuparla el 1 de marzo.
Último día para pagar impuestos no asegurados sin sanción.
Primer plazo: del 1 de julio al 31 de diciembre
Último día para presentar la exención del 80 % para veteranos y propietarios de vivienda.
10 % de sanción añadida a los impuestos vencidos. Si el 10 de diciembre cae un fin de semana o un feriado, los impuestos no se adeudan hasta las 5 p.m. del siguiente día hábil.
Segundo plazo: del 1 de enero al 30 de junio
10 % de sanción más $10 por cargos administrativos*. Si el 10 de abril cae un fin de semana o un feriado, los impuestos no se adeudan hasta las 5 p.m. del siguiente día hábil.
Si no puede pagar uno o los dos plazos a las 5 p.m., el impuesto
a la propiedad queda impago y se acumulan costos adicionales y sanciones. Si el 30 de junio cae un fin de semana o un feriado, los impuestos se deben pagar el día hábil anterior.
La propiedad puede venderse en una subasta pública después de 5 años de mora.
Es posible que el impuesto a la propiedad quede impago
30 DE JUNIO
Cómo se determinan los impuestos a la propiedad
Los impuestos a la propiedad están regidos por la ley estatal de California y son cobrados por el condado. El asesor del condado primero debe valuar la propiedad para determinar el monto del impuesto a
la propiedad. Generalmente, el valor tasado es el valor en efectivo o de mercado al momento de la compra. Este valor aumenta no más que el 2 % por año, hasta que se vende la propiedad o se finaliza la construcción nueva. El auditor/controlador aplica las tasas de impuestos correspondientes, que incluyen el gravamen fiscal general, los impuestos especiales votados de manera local y las tasaciones directas del distrito o la ciudad. El recaudador de impuestos prepara las facturas de impuestos a la propiedad de acuerdo con los cálculos del auditor/controlador, distribuye las facturas y recauda los impuestos.
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